12 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 13 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

Aplicación de la IA en la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital

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Camilo Alfonso Escobar Mora, Ph.D.

Fundador de JURÍDIA

 

Este artículo ilustra la aplicación de la inteligencia artificial (IA) en la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital. La teoría (creada por el autor del texto) consiste en que cada publicidad empresarial (en el medio digital —en general: cada publicidad empresarial—) es válida si es armónica con las normas que le aplican de una forma que materialice esas normas (es decir: de una forma en la que la publicidad materialice las normas que le aplican).

 

La teoría tiene unos fundamentos y premisas de acción para hacer esa armonía. Si se aplican a la medida del caso se hace una publicidad válida. Por eso (según el caso): la IA puede aplicar esos fundamentos y premisas de acción (en definitiva: puede aplicar la teoría) para hacer una publicidad válida a la medida del caso.

 

Desarrollo

 

En la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital la IA es un producto (bien y/o servicio, según el caso) que la puede aplicar (es decir: que puede aplicar la teoría) para hacer publicidad válida (para hacer publicidad válida en la relación de consumo ―es decir: la relación jurídica entre una empresa, mercantil, y un consumidor―). Es un producto que tiene una inteligencia no natural. Es decir: un producto cuya inteligencia no es natural y puede provenir de una fuente natural y/o artificial.

 

Propiamente: es un producto que aplica una inteligencia que no es natural desde el punto de vista biológico, pero que sí es natural desde el punto de vista funcional, que (según el caso) puede aplicar la teoría si esa inteligencia se ejerce (funciona) cumpliendo la diligencia que sea vinculante en el caso de publicidad digital empresarial involucrado (es decir: en el caso de la relación de consumo formada con base en una publicidad digital) para hacer que esa publicidad sea válida (propiamente: para hacer que la creación, el funcionamiento, la comunicación y la atención ―la atención de los efectos, extracontractuales y/o contractuales, según el caso― de la publicidad sea válida).

 

Entonces: la empresa (mercantil) debe ser diligente en definir la forma de hacer el caso válido. Por eso: la empresa debe ser diligente en definir si la inteligencia artificial puede hacer el caso válido. Entonces: si la IA es necesaria para hacer el caso válido se debe crear y/o usar para hacer el caso válido. La necesidad de la IA se define con la diligencia que le aplica a la empresa.

 

Propiamente: la empresa debe ser diligente en prever la forma de hacer el caso válido y en hacer el caso válido. Cuando esa diligencia conduce a que se deba crear y/o usar (total o parcialmente, según el caso) IA para hacer el caso válido la empresa debe crear y/o usar esa IA.

 

Entonces: la IA es una forma de hacer el caso válido de publicidad digital empresarial. Es una forma de hacerlo cuando la diligencia de la empresa (diligencia mercantil) define que es la forma (total o parcial) para hacer esa validez. Por eso: es diligente hacer publicidad válida y es negligente (incluso: es doloso, según el caso) no hacer publicidad válida. Y: es diligente crear y/o usar IA para hacer publicidad válida si es la forma de hacer esa validez y es negligente (incluso: doloso, según el caso) no crear y/o usar IA cuando es la forma (total o parcial) de hacer esa validez.

 

En la teoría de derecho preventivo del consumo en la publicidad digital la validez es la armonía entre el caso y las normas que le aplican de una forma que haga que el caso (propiamente: que los hechos del caso) materialice esas normas en sus hechos. Por eso: la IA es necesaria para hacer publicidad válida (publicidad digital empresarial válida) si es la forma (la forma diligente) de hacer esa armonía.

 

Por eso: la diligencia es la forma de hacer validez. Por eso: la IA es la forma de hacer validez cuando es diligente creara y/o usarla (total o parcialmente) para hacer publicidad digital empresarial válida.

 

En la teoría: cuando existe validez existe eficacia y seguridad jurídica. La eficacia es el efecto de la validez. Es cuando los derechos se gozan y los deberes se cumplen (situación que solo existe si es a nivel formal y material ―de lo contrario no existe goce de un derecho y/o cumplimiento de un deber―) en el caso. La seguridad jurídica es el efecto de hacer que el caso sea vinculante al ser válido.

 

Conclusión

 

Cuando la diligencia mercantil hace que la IA sea necesaria para hacer que la publicidad (publicidad digital empresarial) sea válida (total o parcialmente ―parcialmente significa que la validez necesita de otros elementos, analógicos o electrónicos, que complementen la IA para hacer que el caso sea armónico con las normas que le aplican―) se debe crear y/o usar de una forma válida que haga el caso válido de publicidad digital empresarial.

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