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Eficiencia versus equidad
Fernando Pico Zúñiga
Asociado Martínez Neira Abogados
La Economía y el Derecho son hermanas siamesas en constante conflicto. Su pugna es más que evidente.
Los postulados que sustentan la ciencia económica dan fe de un hombre egoísta que procura su propio bienestar a través de los recursos escasos. De ahí que pueda afirmarse, con claridad meridiana, que la finalidad de la Economía es la eficiencia, esto es, la distribución menos costosa de esos recursos insuficientes, con el propósito de satisfacer las necesidades humanas.
El Derecho parte a su vez de un requerimiento individual y social sumamente trascendental, el de regular la vida de los hombres en el campo del egoísmo “natural”, “económico”. La ciencia legal, como subrogado de la moral, de acuerdo con lo expresado por Carnelutti, se encamina mediante las reglas jurídicas y como contrapeso de la Economía, a sustituir el egoísmo “natural” por el altruismo “normativo”, a desbancar la distribución eficiente por la equitativa. La equidad, entonces, como uno de los postulados axiológicos de la ciencia jurídica, presupone darle a cada quien lo que se merece, sin tener más que el sentido del deber y la conciencia de lo justo, en procura del bien común, el deber ser.
Así, tratar el tema concerniente a la eficiencia y a la equidad no es otra cosa que responder desde diferentes sentidos y perspectivas a la pregunta de cómo distribuir los recursos, los derechos desde el campo jurídico, bien mediante la metodología de la repartición menos costosa para la colectividad –eficiencia– o bien a través de la distribución justa de los derechos –equidad–.
De este modo, y sin perjuicio de esos fundamentos y finalidades contrapuestas, es claro que la teoría del Derecho se ha encargado de establecer y sustentar lo que podría denominarse “tesis acerca del propósito de la regla jurídica” en uno u otro campo, en el de la eficiencia o la equidad.
En efecto, autores tan destacados como Richard Posner, basados en el óptimo de Pareto y dirigidos a zanjar la disputa existente entre estos dos propósitos diferenciales que aún entendemos vigente, se han dado a la tarea de demostrar que la eficiencia es un ideal moral. Al respecto, han desarrollado la teoría y práctica del análisis económico del Derecho –law & economics–, de profundo avance académico, encaminado a sostener y estudiar la eficiencia económica de las reglas legales y su mejor funcionamiento a la luz de ella.
Desde el ámbito jurídico, doctrinas como la del “solidarismo” contractual, lideradas por el profesor francés Denis Mazeaud, y lo que podríamos llamar el renacimiento de la buena fe ante el fenómeno de la crisis contractual, han revitalizado en la hora de ahora los presupuestos morales, particularmente de igualdad, coherencia y cooperación, que sostienen al Derecho frente a la Economía, destacando la distribución equitativa frente a la distribución eficiente en los casos concretos.
En esa medida, la pugna entre la eficiencia y la equidad es también el desafío entre la distribución egoísta a menores costos y la distribución igualitaria, que no siempre concuerdan; en idéntico sentido, la batalla jurídica en razón a la pregunta de la designación de los derechos en el caso concreto no es más que la profunda e importante cuestión entre la justicia distributiva y la justicia eficiente.
Por ello, a la hora de que el juzgador estudie los casos dispuestos a su consideración, se hace necesario el análisis que en términos de eficiencia y equidad distributiva pueda generar el objeto jurídico sub examine, como criterios sustanciales al momento de fallar.
Sin embargo, más allá del estudio que en los términos antedichos deba realizar el juez, es clave recordar con Angel Ossorio que “[e]l hombre necesita de un sistema de moral, para no ser juguete de los vientos; y cuando se halle orientado moralmente, su propia conciencia le dirá lo que debe aceptar o rechazar, sin obligarle a compulsas legales ni a investigaciones científicas. Después de todo, esto es lo que los antiguos sostenían mediante el aforismo súmmum jus summa injura. Lo bueno, lo equitativo, lo prudente, lo cordial no ha de buscarse en la Gaceta. Viene de mucho más lejos, de mucho más alto…”[1].
[1] Angel Ossorio, El alma de la toga, Editorial Valletta Ediciones, 1997, Buenos Aires. Pág. 31.
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