Disciplina para la justicia
Carolina Villadiego Burbano
Investigadora, Centro de Estudios de Derecho, Justicia y Sociedad (Dejusticia)
La reforma de Equilibrio de Poderes creó la Comisión Nacional de Disciplina Judicial en julio del 2015, con el fin de remplazar la Sala Jurisdiccional Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura. La Comisión sería la máxima autoridad disciplinaria de los jueces, los abogados y los empleados de la justicia. Sin embargo, dado que esta aún no se ha implementado, la Sala Disciplinaria sigue funcionando.
¿Por qué es necesario implementar la Comisión de Disciplina Judicial? La respuesta obvia es que las reformas constitucionales deben cumplirse, pues no tiene sentido hacerlas para no aplicarlas. Pero, además, la falta de implementación implica que los jueces y los abogados tienen en interinidad a su máxima autoridad disciplinaria. Con un agravante: es una interinidad que lleva un par de años y que no sabemos cuánto más dure. La mayoría de los magistrados de la Sala Disciplinaria está en provisionalidad, es decir, fueron seleccionados por la misma corporación para ocupar esos cargos temporalmente. Y como si esto fuera poco, por cuenta del régimen de transición, los magistrados que están en propiedad llevan más de ocho años en el cargo (plazo para el cual fueron elegidos).
Adicionalmente, la falta de un plan de implementación de la Comisión Nacional de Disciplina genera varias dificultades. Por ejemplo, dado que una de las modificaciones realizadas en la reforma de Equilibrio de Poderes fue encargarle al nuevo órgano la disciplina de los empleados judiciales, el esquema de implementación debe considerar el aumento en la carga de trabajo. En el 2017, la justicia tenía más de 5.400 funcionarios o despachos judiciales y más de 25.000 empleados, por lo cual, la Comisión de Disciplina tendrá una mayor carga de asuntos que la que tienen actualmente la Sala Disciplinaria y las salas seccionales.
Así mismo, la reforma eliminó la competencia de las nuevas autoridades disciplinarias para conocer tutelas. Por ahora, las salas seccionales y la Sala Disciplinaria siguen resolviéndolas. En el 2017, la jurisdicción disciplinaria resolvió un poco más de 4.000 acciones de tutela, lo que implica que la implementación del nuevo esquema disciplinario requiere redistribuir las cargas de las acciones de tutela entre los demás jueces.
Finalmente, la reforma le otorgó a la Corte Constitucional la función de resolver los conflictos de competencia entre jurisdicciones. La Corte manifestó que la Sala Disciplinaria ejercería dicha función mientras existiera el régimen de transición de la reforma, aunque asumió la competencia para resolver estas controversias entre la Jurisdicción Especial para la Paz y las demás jurisdicciones, a propósito del caso Santrich, argumentando que la Sala Disciplinaria solo podía conocer los conflictos para los que inicialmente tenía competencia. En el 2016, la Sala Disciplinaria recibió 1.142 asuntos relacionados con conflictos de competencia; ese mismo año, la Corte Constitucional profirió 1.320 providencias (724 sentencias y 596 autos). Esto significa que cuando la Corte asuma la competencia de la Sala Disciplinaria, va a tener un aumento en la cantidad de asuntos que le ingresan, lo que le generará una carga adicional de trabajo.
La justicia no puede seguir con un esquema disciplinario en interinidad indefinida; tampoco puede seguirse sin un plan de implementación de la reforma de Equilibrio de Poderes. Por eso, desde Dejusticia y junto con la Corporación Excelencia en la Justicia, hemos lanzado la campaña #DisciplinaParaLaJusticia. Hay que exigirle al Congreso, al Gobierno y a la Rama Judicial que implementen el nuevo esquema disciplinario de los jueces, que propongan un plan de ejecución serio, y que sean responsables en la elaboración de las ternas y en la elección de las máximas autoridades de disciplina de la justicia. Exijamos pues, ¡#DisciplinaParaLaJusticia!
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