Requisitos para convocar a una asamblea extraordinaria de copropietarios
Solo se pueden tomar decisiones sobre los asuntos previamente indicados en el orden del día.
07 de Mayo de 2025
Convocar a una asamblea extraordinaria de copropietarios en una propiedad horizontal requiere una comunicación previa a cada uno de los propietarios, en la que se indique de manera clara el día, la hora y el lugar de la reunión. Esta invitación puede enviarse por escrito o por correo electrónico y debe especificar los asuntos que se tratarán durante la sesión. La ley establece que la reunión debe centrarse exclusivamente en los temas señalados previamente.
En la convocatoria debe incluirse de forma obligatoria el orden del día y durante la asamblea no se podrán adoptar decisiones sobre asuntos que no hayan sido anunciados. Esto garantiza que los copropietarios estén informados y puedan prepararse adecuadamente para los temas a discutir. Además, las reuniones pueden desarrollarse tanto de forma presencial como no presencial, según las condiciones del conjunto residencial. (Lea: Reparaciones locativas son obligación del arrendatario si derivan del uso cotidiano)
Cabe resaltar que este procedimiento no requiere la intervención de un abogado ni implica costos adicionales para quienes lo soliciten. La gestión debe realizarse ante la administración del conjunto residencial correspondiente, cumpliendo con todos los requisitos establecidos para que la convocatoria sea válida. Es importante seguir con rigor estas instrucciones para asegurar la legalidad de las decisiones tomadas.
Además, el proceso de convocatoria puede tardar hasta 15 días, dependiendo de la agilidad con que se comunique la invitación a los copropietarios. Este plazo permite organizar adecuadamente la logística de la asamblea y asegurar la participación de los propietarios convocados. Cumplir con estos pasos garantiza el buen desarrollo de las decisiones colectivas en el marco de la propiedad horizontal.
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