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Plantean ley para evitar abusos con multas por inasistencia a asambleas de copropietarios

El Senado debatirá si se otorgarán facilidades de pago adaptadas a las condiciones económicas del sancionado.

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22 de Julio de 2025

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Ayer se radicó un proyecto que adicionaría la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 675/01) para incluir un procedimiento de imposición de multas por inasistencia injustificada a las asambleas generales, garantizando los principios de proporcionalidad, necesidad y legalidad.

Y es que el autor de la iniciativa considera necesario evitar los abusos por parte de las administraciones que imponen sanciones sin respetar el debido proceso.

En la exposición de motivos se argumenta que el legislador no tuvo en cuenta que asistir a las reuniones de la copropiedad es un derecho en cabeza de los propietarios, del que pueden hacer uso o no. Y si bien es necesaria su participación, en caso de no ir principios como el debido proceso o de proporcionalidad de la sanción deben prevalecer.

Así, se modificaría el articulo 59 para que se incluya en todos los reglamentos de las copropiedades el procedimiento para la imposición de estas multas, que contendrá como mínimo un llamado de atención por la primera inasistencia injustificada y una multa equivalente al 50 % de la cuota de administración por la segunda falla. La multa del 100 % aplicaría a la tercera inasistencia. Finalmente, se pide que se otorguen facilidades de pago adaptadas a las condiciones económicas del infractor.

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