Impulsan acceso a tierras a víctimas reconocidas y otros intervinientes rurales
Las entidades estatales podrán entregar predios de manera provisional o definitiva para garantizar derechos a quienes no hayan sido reconocidos judicialmente.Openx [71](300x120)

15 de Julio de 2025
El Ministerio de Agricultura expidió un decreto mediante el cual se modifica el decreto único reglamentario del sector Agropecuario, Pesquero y de Desarrollo Rural con el propósito de crear un programa especial de dotación de tierras.
Esta medida busca beneficiar a víctimas del conflicto armado y a terceros intervinientes en procesos de restitución de tierras, siempre que estos últimos cumplan condiciones de vulnerabilidad y no hayan participado en actos de despojo o abandono forzado. (Lea: Alternativas a restitución de tierras incluyen predio equivalente y compensación en dinero)
El programa incluye mecanismos para la entrega provisional y definitiva de tierras, subsidios integrales de acceso, créditos especiales y apoyo a proyectos productivos. Los beneficiarios deberán estar inscritos en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzadamente (RTDAF) o haber sido caracterizados como sujetos de ordenamiento social de la propiedad rural. La Agencia Nacional de Tierras (ANT) y la Unidad de Restitución de Tierras (UAEGRTD) tendrán funciones clave en la implementación de estas acciones.
Entre los criterios de adjudicación se establecen prioridades territoriales, condiciones socioeconómicas y enfoques diferenciales. Los predios podrán ser adquiridos por negociación directa o mediante la entrega de inmuebles disponibles en los fondos públicos, garantizando el acceso a tierra a quienes no han recibido sentencia de restitución. La medida contempla también la inscripción en el registro de sujetos de ordenamiento y la coordinación interinstitucional para asegurar la sostenibilidad de la política pública.
El decreto busca responder a mandatos constitucionales, a la Ley de Víctimas, a sentencias de la Corte Constitucional y a compromisos derivados del Acuerdo Final de Paz. Las entidades deberán ajustar sus procedimientos internos en un plazo de tres meses para permitir la entrega efectiva y expedita de predios. El decreto ya se encuentra en vigencia y su cumplimiento será responsabilidad del Ministerio de Agricultura y demás entidades involucradas.
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