Unión marital de hecho y sociedad patrimonial entre compañeros permanentes son figuras autónomas (2:38 p.m.)
04 de Octubre de 2013
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Nota:
91702
La Corte Suprema de Justicia recordó las diferencias entre unión marital de hecho y sociedad patrimonial de los compañeros permanentes. Ambas figuras jurídicas son autónomas ya que cada una disciplina aspectos diversos de la familia constituida por lazos meramente naturales y responde a distintos requisitos. Es así como la corporación reiteró que la sociedad patrimonial entre compañeros permanentes, si bien depende de que exista la unión marital de hecho, corresponde a una figura con entidad propia que puede o no surgir como consecuencia de la anterior, desde su inicio o durante su vigencia, siempre y cuando se cumplan los demás presupuestos normativos (M.P. Arturo Solarte Rodríguez).
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