Sentencia SupersociedadesConflictos entre empresarios no se pueden resolver con vías de hecho (11:00 a.m.)
09 de Octubre de 2013
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Nota:
91870
Los conflictos presentados entre empresarios no se pueden resolver mediante vías de hecho, como es la venta forzada e irregular de la titularidad de acciones, sobrepasando los límites del poder otorgado, pues estos actos son inoponibles frente al mandante o representado, de acuerdo con lo previsto en el artículo 1266 del Código de Comercio, precisó la Superintendencia de Sociedades. En este caso, el mandante no debe demandar la nulidad absoluta ni relativa de los negocios llevados a cabo por el mandatario fuera de las pautas del respectivo poder. Simplemente no debe prestar su consentimiento, indicó la entidad.
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