Representación de acciones del menor de edad no procede mientras se resuelve patria potestad (8:16 a.m.)
30 de Marzo de 2016
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Nota:
105983
La patria potestad se ejerce de manera conjunta por ambos padres, a menos que uno de ellos haya conferido autorización al otro para ejercerla o un juez la haya delegado expresamente. Así las cosas, si un menor de edad solo tiene a uno de sus padres para que lo represente, porque el otro falleció, corresponderá a aquel que le sobrevive ejercer dicha patria potestad. Por el contrario, si uno de los padres de6saparece temporalmente, bien porque tiene su domicilio fuera del país o se desconoce su residencia, es necesario resolver la circunstancia ante el juez ordinario, para que sea adjudicada a quien la ejerce, si procede legamente, de acuerdo con la normativa civil. Mientras se resuelve la situación, no procede el ejercicio de los derechos políticos de las acciones, cuotas o partes de interés del menor de edad, precisó la Superintendencia de Sociedades. La asistencia de los menores de edad en compañía de uno solo de sus padres a la asamblea general de accionistas es admisible, siempre y cuando el máximo órgano social así lo permita, pero dicho padre solo podrá actuar en nombre del menor si está facultado para ello.
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