Recursos que recibe la copropiedad por arrendar zonas comunes se registran en ingresos (9:15 a.m.)
Openx [71](300x120)
95433
10 de Abril de 2014
Escucha esta noticia audio generado con IA
Los recursos que recibe una unidad residencial por el arrendamiento de zonas comunes, como es el caso de un espacio en una terraza a una empresa de teléfonos para la instalación de una antena, se deben registrar en ingresos, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. El numeral 3.5.16, sobre ingresos, costos y gastos, de la Orientación Profesional de la Contaduría Pública en Entidades de Propiedad Horizontal establece que los ingresos de la copropiedad están integrados por las cuotas con las cuales contribuyen los copropietarios residentes o arrendatarios para sufragar las expensas necesarias, a través de cuotas ordinarias o extraordinarias, al igual que aquellos que se obtengan por la explotación económica de bienes comunes, cuando esta actividad se realice.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!