Publican fallo que condicionó disposición sobre inembargabilidad de bienes destinados al culto religioso (2:40 p.m.)
12 de Septiembre de 2019
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Nota:
113739
"La Corte Constitucional publicó el texto completo de la Sentencia C-346 del 2019, que condicionó la exequibilidad de la expresión ""que haya suscrito concordato o tratado de derecho internacional o convenio de derecho público con el Estado colombiano"", contenida en el numeral 10 del artículo 594 del Código General del Proceso, en el cual se establece la inembargabilidad de los bienes destinados al culto religioso de cualquier confesión o iglesia que haya suscrito concordato, tratado de derecho internacional o convenio de derecho público interno con el Estado colombiano. En efecto, la corporación dispuso que, en virtud del principio de igualdad, debe entenderse que este beneficio puede extenderse a todas las confesiones que tengan personería jurídica y que cumplan con los requisitos legales. La publicación de la providencia revela que la Corte también evidenció una vulneración al derecho a la libertad de cultos, configurado por la restricción de aplicación desproporcionada (M. P. Carlos Bernal). "
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