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Las recomendaciones de la Corte a jueces al resolver casos de violencia intrafamiliar (4:28 p.m.)

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24 de Mayo de 2017

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Como medida de protección transitoria para evitar que se materialicen las constantes amenazas contra la vida de una mujer de 70 años, la Corte Constitucional ordenó en un fallo de tutela el desalojo de la vivienda que comparte, mientras el Juzgado Sexto de Familia de Bogotá profiere un fallo de fondo en un proceso de violencia intrafamiliar. Consideró que al levantarse la medida de desalojo que había proferido inicialmente la Comisaría Octava de Familia de Kennedy (Bogotá), el juzgado desconoció pruebas tanto de la violencia sufrida por la accionante como de la amenaza que para su vida, integridad física y salud constituía la presencia de su agresor en su domicilio. Justamente, la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha ordenado a los Estados desplegar toda su actividad administrativa, legal y judicial para revertir y eliminar los prejuicios de los operadores estatales que impiden a las mujeres víctimas de violencia basada en el género el acceso a la administración de justicia. En este orden de ideas, la Sala  concluyó que la aplicación de la perspectiva de género en el ejercicio argumentativo de quienes imparten justicia es una forma de garantizar el derecho a la igualdad y de hacer que se manifieste como principio fundamental en la búsqueda de soluciones justas. Por esta razón dio una serie de recomendaciones a la hora de fallar estos casos, las cuales puede estudiar en el documento adjunto a esta nota (M. P. María Victoria Calle).

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