Herramientas a favor de las víctimas del conflicto armado en el marco de procesos judiciales (11:37 a.m.)
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03 de Diciembre de 2019
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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia conoció una acción de tutela presentada por particulares en contra de una sentencia que ordenó restituir tierras a una comunidad indígena. Los tutelantes alegaron el desconocimiento de sus derechos fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia. La Sala, al estudiar el caso, indicó que el ad quem no vulneró los derechos, pues los accionados, por tratarse de un grupo indígena, minoritario y víctima del conflicto armado interno, son titulares de herramientas aplicables en el marco de procesos judiciales previstas en la Ley 1448 del 2011 (Ley de Víctimas) y el Decreto 4633 del 2011, tales como la presunción de buena fe, la posibilidad de acreditar daños mediante prueba sumaria, entre otros. Respecto a estos beneficios, la Sala indicó que se deben utilizar de manera proporcionada, con el fin de que el proceso sea justo y eficaz para todas las partes que intervienen en el proceso y por lo tanto confirmó la sentencia emitida por el tribunal.
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