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Facturas de servicios públicos domiciliarios prescriben en cinco años (3:50 p.m.)

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15 de Octubre de 2013

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Las obligaciones contenidas en las facturas de servicios públicos domiciliarios prescriben en el término de cinco años, pues al ser consideradas títulos ejecutivos les resulta aplicable lo previsto en el artículo 2536 del Código Civil, sobre prescripción de acciones ejecutivas, recordó la Superintendencia de Servicios Públicos. Así las cosas, las facturas que cumplen los requisitos legales pueden ser exigibles y obtenerse su pago mediante un proceso ejecutivo o por vía de jurisdicción coactiva.

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