Explican fines de aplicar el régimen convencional en la administración de justicia
01 de Abril de 2020
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Nota:
115890
Una providencia de la Corte Suprema reitera que el régimen convencional en el derecho local de los países que lo han suscrito y aprobado no constituye un sistema opcional o de libre aplicación en los ordenamientos patrios. De esta forma, concluyó que insistir en la aplicación del citado control y esbozar el contenido de la Convención Interamericana de Derechos Humanos en fallos locales permite no solo a las autoridades conocer e interiorizar las obligaciones contraídas internacionalmente, en relación con el respeto a los derechos humanos, sino a la ciudadanía informarse en torno al máximo grado de salvaguarda de los mismos (M. P. Luis Tolosa).
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