Divorcio por violencia intrafamiliar da lugar a indemnización de perjuicios (9:01 a.m)
31 de Julio de 2017
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Nota:
56540
Aun cuando en las normas que enmarcan los trámites de divorcio y de cesación de efectos civiles del matrimonio no existe un capítulo específico dedicado a la indemnización por los menoscabos sufridos, para resolver ese vacío se debe acudir al acápite que regula la responsabilidad civil, integrando, además, los principios constitucionales y las normas internacionales. Con este argumento, la Corte Suprema de Justicia concedió la tutela incoada por una magistrada que solicitaba ser resarcida por el daño sufrido como consecuencia del desconocimiento a su derecho fundamental a vivir libre de violencia, discriminación de género y violencia intrafamiliar, presuntamente vulnerado por un tribunal, por no recocerla como acreedora alimentaria del cónyuge culpable del divorcio, de conformidad con el numeral 4º del artículo 411 del Código Civil, pese a que acreditó los ultrajes y el trato cruel del que fue víctima durante su relación matrimonial (M. P. Luis Armando Tolosa).
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