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Actualizado hace 18 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Civil


Declaran constitucional norma de Código General del Proceso que regula conciliación extrajudicial (9:59 a.m.)

22 de Noviembre de 2013

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Nota:
92742
La Corte Constitucional declaró exequible la norma que regula la conciliación prejudicial en el Código General del Proceso (artículo 613 parcial de la Ley 1564 del 2012); la disposición demandada establece que no es necesario agotar el requisito de procedibilidad en los procesos en los que el demandante pida medidas cautelares de carácter patrimonial, en tanto que para la Sala Plena es razonable exigir la realización de la audiencia conciliatoria, cuando las pretensiones precautelativas no tengan la capacidad de afectar derechos patrimoniales. A juicio del alto tribunal, la medida se ajusta a la Carta Política de 1991, porque no anula el acceso inmediato a la administración de justicia. Indicó, a su vez, que el examen a la solicitud de medidas cautelares, por regla general, exige que la parte demandada tenga la oportunidad de hacer los respectivos descargos. La Procuraduría también había concluido que la norma se compaginaba con el texto Superior.

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