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Copropiedad no puede oponerse a la construcción de redes para acceder al servicio de gas natural (2:44 p.m.)

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06 de Agosto de 2013

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Al tratarse el servicio de gas natural de un servicio público esencial, siempre que se den las condiciones técnicas y de seguridad necesarias para el suministro, la copropiedad no puede oponerse a la construcción de redes para su acceso y, por el contrario, debe facilitar las condiciones, precisó la Superintendencia de Servicios Públicos. De acuerdo con la Ley 142 de 1994, los servicios de energía, gas natural, acueducto, alcantarillado y aseo son catalogados como esenciales y gozan de protección del Estado.

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