Consejo de Estado recuerda características del mutuo (11:30 a.m.)
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11 de Julio de 2013
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La Sección Cuarta del Consejo de Estado recordó que el contrato de mutuo es real, pues se perfecciona con la entrega de la cosa, es decir, con el ánimo de transferencia del dominio, para que el mutuario pueda consumirla. Además, dicho negocio se agota con la restitución que aquel hace al mutuante de los dineros o cosas equivalentes recibidas en préstamo, añadió. La consejera Martha Teresa Briceño aclaró el voto (C. P. Hugo Fernando Bastidas).
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