Sentencias que fijan la cuota de alimentos no hacen tránsito a cosa juzgada material (12:45 p.m.)
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10 de Febrero de 2020
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Por regla general, todas las sentencias hacen tránsito a cosa juzgada material, pero ello no sucede respecto de las providencias que fijan los alimentos. Entonces, en caso de cambio o modificación de las circunstancias, condiciones económicas y necesidades de la alimentaria o alimentante, se podrá acudir nuevamente a la administración de justicia para revisar la cuota. Por otro lado, respecto del caso en concreto, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia consideró que no resultaba arbitrario ni caprichoso imponer al titular de la obligación de alimentos el pago del 100 % de la misma, teniendo en cuenta su holgada situación económica y haber encontrado probada su intención de evadir su responsabilidad parental (M. P. Aroldo Quiroz).
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