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Sala Civil aplica retrospectivamente Sentencia C-075/07 a parejas del mismo sexo cuya unión persistió luego de la orden constitucional (2:00 p.m.)

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17 de Diciembre de 2015

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La sentencia reconoce, por primera vez, en sede de casación la existencia de una sociedad patrimonial entre compañeros permanentes del mismo sexo. Para llegar a tal conclusión, la Sala Civil de la Corte Suprema  dio efectos retrospectivos a la Sentencia C-075 del 2007. Según la providencia, comoquiera que en el caso analizado la unión marital culminó luego de expedida la orden constitucional, a esta deben aplicársele los fines proteccionistas y altruistas que inspiraron el enfoque jurisprudencial sobre los efectos retrospectivos de la Ley 54 de 1990 para parejas heterosexuales. Para la sala, desconocer esa realidad sería tanto como hacer “tabula rasa” de un vínculo afectivo con vocación de permanencia o, lo que es peor, que quien a la luz de los hechos tenía la connotación de “compañero o compañera” no puede ser reconocido como tal porque la convivencia tuvo génesis antes de que se profiriera el mentado fallo (M.P. Fernando Giraldo Gutiérrez).

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