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Recuerdan eventos que obligan a jueces de familia a asumir procesos para el restablecimiento derechos (9:09 a.m.)

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08 de Enero de 2020

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Al resolver un conflicto de competencia suscitado entre una defensoría y un juzgado de familia para definir de fondo la situación jurídica de un niño inmerso en un procedimiento administrativo para el restablecimiento de sus derechos, la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado recordó que ante el vencimiento del término para resolver la autoridad administrativa pierde competencia para conocer de este tipo de procesos, por lo que debe ser enviado al juez de familia, quien dispone de un término máximo de dos meses para concluir la actuación. Ahora bien, los operadores judiciales también asumen la competencia en la fase de seguimiento cuando trascurren los seis meses iniciales, o el tiempo adicional en caso de haber sido prorrogado, sin que la autoridad administrativa haya determinado si procede el cierre del proceso, el reintegro al medio familiar o la declaratoria de adoptabilidad. Igualmente, cuando se ha excedido el término inicial de seguimiento sin emitir la prórroga (C. P.  Germán Alberto Bula).

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