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Para declarar la unión marital de hecho en una sucesión es obligatorio vincular a los herederos determinados (11:17 a.m.)

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15 de Octubre de 2019

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Una providencia reciente de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia estudió un recurso de revisión que pretendía la nulidad de la declaratoria de una unión marital de hecho frente a los herederos del causante. Al respecto, el alto tribunal, teniendo en cuenta el numeral séptimo del artículo 355 del Código General del Proceso, declaró fundado el mencionado recurso por la falta de vinculación de todos los herederos determinados. La Sala recordó así que este tipo de nulidades tienen cabida por indebida representación, notificación, emplazamiento y, como en este caso, cuando no se haya producido el litisconsorcio necesario (M. P. Luis Alonso Rico).

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