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Matrimonio entre parejas del mismo sexo atenta contra la Constitución: Procurador

03 de Octubre de 2013

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Nota:
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El procurador general de la Nación, Alejandro Ordóñez, se pronunció  sobre la acción de tutela resuelta por el Juzgado 39 Civil del Circuito de Bogotá que dejó sin efectos el acta de matrimonio de una pareja homosexual. 

 

En ese sentido, señaló que en Colombia no puede hablarse de matrimonio en el caso de las parejas del mismo sexo. “Eso no es capricho del Procurador General, no parte de las convicciones personales o ideológicas, es una posición jurídica constitucional que no se puede desvirtuar por otras razones”, precisó el jefe del Ministerio Público.

 

La  tutela interpuesta por la Procuraduría señala que el Juez 48 Municipal de Bogotá  carece “absolutamente de competencia” para llamar matrimonio a la unión de dos homosexuales.

 

Entre sus argumentos está que la institución que formalice y solemnice el vínculo jurídico entre las parejas del mismo sexo no es asimilable al matrimonio.

 

La acción agrega: “Para que personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio, es necesario que se apruebe una reforma a la Constitución (...). Entre tanto no se dé el supuesto citado, se considera que la solicitud de matrimonio formulada no es constitucional ni legalmente viable y por tanto debe negarse”.

 

Vale la pena recordar que, en julio pasado, el Consejo Superior de la Judicatura le ordenó a su seccional de Bogotá dar trámite a la solicitud de investigación disciplinaria radicada contra la juez que solemnizó la primera unión civil entre personas del mismo sexo.

 

El magistrado Wilson Ruiz, presidente de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior, precisó que es un deber tramitar todas las quejas interpuestas contra abogados y operadores jurídicos.

 

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