Facturas presentadas como prueba en procesos declarativos no deben cumplir requisitos para ejecutar obligación (11:55 a.m.)
05 de Enero de 2018
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Nota:
58835
La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia aclaró que la acreditación del derecho pretendido a través de un proceso declarativo puede llevarse a cabo a través de cualquiera de los medios previstos en el artículo 165 del Código General del Proceso, tales como declaración de parte, confesión, juramento, testimonio de terceros, dictamen pericial, la inspección judicial, documentos, indicios o informes. Por lo tanto, cuando, en ese escenario, el demandante presenta como soporte para su pretensión una factura con la que busca demostrar el valor de un determinado servicio no puede el juzgador hacer exigible que el documento cumpla con los requisitos para que preste mérito ejecutivo (M. P. Luis Alonso Rico).
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