Desacato a medidas de protección de la mujer tiene consecuencias económicas y de arresto (3:32 p.m.)
19 de Abril de 2017
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Nota:
54306
Al ratificar la obligación de un procesado reincidente de pagar una multa por desacato a las medidas de protección impuestas en favor de su pareja, víctima de sus agresiones verbales y físicas, la Corte Suprema de Justicia advirtió hoy que ese comportamiento de los victimarios tiene consecuencias económicas y de arresto. Frente al caso, la Sala Civil rechazó la acción de tutela interpuesta por el hombre señalado de las acciones de maltrato, quien argumentaba que la multa impuesta en su contra era “exorbitante” y que había actuado en “legítima defensa”. Para la Corte, las decisiones adoptadas en contra del señalado agresor se hallan fundamentadas en las normas legales correspondientes y en la valoración probatoria de los elementos de convicción recaudados, “sin que se observe que obedezcan a la arbitrariedad o capricho de los funcionarios”.
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