Demandan disposición del Código Civil que excluye a los hijos de crianza de sucesiones (3:43 a.m.)
16 de Noviembre de 2017
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Nota:
57647
La Corte Constitucional admitió una demanda contra el artículo 1045 (parcial) del Código Civil, que establece que “los hijos legítimos, adoptivos y extramatrimoniales excluyen a todos los otros herederos y recibirán entre ellos iguales cuotas, sin perjuicio de la porción conyugal”. Esto en razón a que, a juicio del demandante, se debe incluir en la norma a los hijos de crianza, a quienes el legislador ha soslayado y, por ende, desprotegido, lo cual constituye una vulneración al derecho a tener una familia, a la dignidad e igualdad material. Por lo anterior, solicita a la Corte que condicione la expresión “hijos” e incluya esta categoría para todos los efectos (demandante: Brayan Steven Ariza).
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