Civil
Corte exige a comisarios de familia resolver conflictos de manera ponderada y prudente
23 de Marzo de 2017
Al revisar un fallo de tutela, la Sala Cuarta de Revisión de la Corte Constitucional instó a los comisarios de familia del país a resolver los conflictos que se pongan a su consideración de manera ponderada y prudente. (Lea: Comisarios de familia no están facultados para declarar paternidad que no se reconoce voluntariamente)
Lo anterior acudiendo a asesorías especializadas de diferentes disciplinas, con el fin de que los ilustren en la adopción de la mejor decisión posible, toda vez que se tratan de temas delicados y complejos como, por ejemplo, la salud mental y el bienestar sicológico de los niños y adolescentes como población vulnerable, enfatiza la Sala.
Sumado a lo precedente, el alto tribunal constitucional advirtió que al adoptarse este tipo de decisiones los comisarios de familia deben atender las condiciones particulares del menor, tales como su nivel de vida y forma de crianza. (Lea: En órdenes de desalojo, comisario de familia debe oficiar a la policía si no hay control de ingreso del agresor)
Por otro lado, la corporación afirmó que en asuntos de custodia, cuidado personal y regulación de visitas, tanto los jueces de familia como los comisarios y defensores tienen competencia para conocer del proceso judicial o del trámite administrativo, según sea el caso, y evaluar la adopción de medidas de protección o de restablecimiento de garantías en asuntos en los que se ven comprometidos los derechos fundamentales de niños y adolescentes.
Lo anterior conforme el Código General del Proceso y el Código de Infancia y Adolescencia (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).
Corte Constitucional, Sentencia T-675, Nov. 30/16
Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvil. Solicite un demo.
Opina, Comenta