Así serán las modificaciones al Código de Infancia y Adolescencia sobre la adopción (10:14 a.m.)
13 de Diciembre de 2017
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Nota:
58338
Hoy se someterá a votación de las plenarias el informe de conciliación del proyecto que busca modificar algunos artículos del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006), específicamente en lo relacionado con la adopción y el trámite de restablecimiento de derechos. Esta iniciativa pretende definir claramente el factor de competencia en los procesos que se adelantan en la etapa judicial de las solicitudes de adopción. Además, agilizar y descongestionar el proceso administrativo de restablecimiento de derechos para que se logre definir la situación jurídica de los menores de edad que ingresan al ICBF por vulneraciones o amenazas de derechos. Según el informe, en la resolución que declare la situación de adoptabilidad o de vulneración de derechos se ordenará una o varias de las medidas de restablecimiento consagradas en el código. Igualmente, explicó que quien debe conocer del proceso de adopción en primera instancia es el juez de familia del domicilio de los adoptantes y cuando se trate de adopción internacional el funcionario competente será cualquier juez de familia del país.
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