Admiten demanda contra el término “demencia” consagrado en el Código Civil (10:00 a.m.)
01 de Noviembre de 2017
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Nota:
57875
Recientemente, fue admitida en la Corte Constitucional una demanda contra el numeral 3° del artículo 127 del Código Civil, que considera como testigos inhábiles a quienes se encuentren en estado de interdicción por demencia. A juicio de los demandantes, esta disposición es discriminatoria en cuanto al uso del lenguaje, ya que este tiene un “enorme potencial simbólico y de comunicación, además un poder reproductor y transformador que debe ponerse en armonía con el marco de libertad y de igualdad material dentro del contexto del Estado democrático”, por lo que usar el término “demencia” para referirse a personas con discapacidad cognitiva resulta contrario al principio de dignidad humana (demandantes: Juan Vicente Flórez Rincón y Sergio Alfonso Estévez Jaimes).
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