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Civil


Acreedor puede impugnar por simulación actos jurídicos que lo perjudiquen

Esa potestad se deriva de la existencia y vigencia del crédito y del daño proveniente del acuerdo simulado.

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05 de Septiembre de 2013

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La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia ratificó la legitimación de los acreedores para interponer la acción de simulación contra los actos o negocios jurídicos que les causen un perjuicio cierto y actual.

 

Según la corporación, esa potestad se deriva de la existencia y vigencia del crédito y del daño proveniente del acuerdo simulado, ya sea por la imposibilidad de obtener la satisfacción total o parcial de la obligación o el desmejoramiento de los activos del deudor.

 

La sentencia explica que dicha acción es una garantía auxiliar de protección del derecho de prenda general, ya que la enajenación ficticia de elementos del activo patrimonial de la sociedad puede generar la pérdida de valor de las cuotas de capital y la disminución de la participación del socio deudor en una eventual liquidación de aquella.

 

(Corte Suprema de Justicia, Sala Civil, Sentencia 13001310300520030016801, ago. 2/13, M. P. Ruth Marina Díaz)

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