Acreedor alimentario está legitimado para promover acción de simulación: Sala Civil (3:15 p.m.)
23 de Enero de 2018
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Nota:
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Hay que comenzar explicando que la finalidad de la acción de simulación es comprobar que un bien aparentemente transferido no dejó de pertenecer al deudor. Igualmente, y en relación a la época del negocio jurídico simulado, la Corte Suprema de Justicia precisó que ningún papel juega establecer la anterioridad, concomitancia o posterioridad del derecho del demandante, en tanto a los terceros acreedores, simplemente, les basta acreditar que el negocio fingido les causo un perjuicio serio, cierto y actual. En este sentido, la Sala Civil concluyó que el acreedor alimentario, afectado con la venta de los bienes por parte del obligado a prestar los alimentos, está legitimado y tiene interés para demandar la simulación. Cabe agregar que para llegar a esta tesis el alto tribunal tuvo en cuenta la legislación nacional y, especialmente, el bloque de constitucionalidad sobre la materia (M. P. Luis Armando Tolosa).
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