Avalúos para la expropiación por vía administrativa pueden realizarlos el IGAC o peritos privados (3:12 p.m.)
05 de Noviembre de 2010
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Nota:
69218
El Consejo de Estado indicó que el avalúo necesario en los procesos de expropiación por vía administrativa lo puede realizar el Instituto Geográfico Agustín Codazzi (IGAC) o los peritos privados inscritos en las lonjas o asociaciones correspondientes, según lo establece el artículo 27 del Decreto 2150 de 1995. De esa forma, descartó que primero se deba acudir al IGAC y solo ante su omisión se pueda optar por el avalúo de peritos privados. De otra parte, señaló que el valor comercial de los inmuebles se determina teniendo en cuenta la reglamentación urbanística municipal o distrital vigente al momento de la oferta de compra (C.P. María Elizabeth García González).
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