Ascendientes tienen derecho al cuidado y auxilio por parte de sus descendientes: demanda (8:10 a.m.)
29 de Febrero de 2016
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Nota:
105178
Se interpuso una demanda de inconstitucionalidad contra la expresión “legítimos” que está en el título XII del Código Civil y el artículo 252, pues se asevera que vulnera los artículos 13 y 42 de la Constitución Política, toda vez que al desaparecer las diferencias entre los hijos legítimos, matrimoniales y adoptivos a partir de la vigencia de la Ley 29/82 no puede existir dentro de nuestra normativa tal distinción, puesto que estaría en contravía de los derechos de los hijos nacidos por fuera del matrimonio o que hubiesen sido adoptados. Frente al artículo 252, indicó que no incluye a los ascendientes extramatrimoniales y adoptivos, como sí se ve en el artículo que le antecede (251), evidenciando desigualdad y desamparando la protección integral de la familia, puesto que todos los ascendientes, independiente cual sea su origen, tienen derecho al cuidado y auxilio por parte de sus descendientes.
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