Actuaciones del revisor fiscal de la copropiedad son válidas, aunque no se haya registrado el nombramiento (4:06 p.m.)
08 de Noviembre de 2019
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Nota:
112972
Con posterioridad a la elección del revisor fiscal por parte de la asamblea de copropietarios y la aceptación del respectivo encargo, sus actuaciones tendrán validez ante terceros, aunque el nombramiento no se haya registrado en la alcaldía correspondiente, precisó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. En todo caso, aclaró, si bien puede actuar y firmar documentos, la omisión del registro configuraría un incumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias para la administración de la entidad.
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