Termina incertidumbre jurídica sobre convocatoria a Comisión de Disciplina judicial (8:24 a.m.)
07 de Diciembre de 2017
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Nota:
58421
El Consejo de Estado declaró la nulidad por inconstitucionalidad del Decreto 1189 del 2016, por medio de la cual la Presidencia de la República reglamentó la convocatoria para aspirar a las ternas a partir de las cuales se integraría la Comisión Nacional de Disciplina Judicial. Según el concepto de la Sala Plena, la normativa que dio paso a la reforma y que le otorga al jefe de Estado la competencia para elegir las ternas a partir de las cuales el Congreso debe elegir a tres de los integrantes de dicha comisión (artículo 257 A de la Constitución) no establece un mandato claro, expreso e inequívoco para que este pueda reglamentar la convocatoria. Concluyó que el Congreso era la autoridad facultada para expedir la citada regulación, por aplicación del artículo 126 constitucional, que establece que debe estar reglamentada por ley la elección de servidores a cargo de las corporaciones públicas que no deben estar precedidas por concurso, razón por la cual se exhortó al Congreso de la República a que en el plazo máximo de un año expida la norma que reglamente este proceso. Vale la pena indicar que la decisión se tomó por 14 votos contra 10.
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