Solicitud de conciliación extrajudicial no puede convertirse en un requisito inmodificable
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27 de Marzo de 2020
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La Sección Primera del Consejo de Estado señaló recientemente que la solicitud de conciliación extrajudicial y su identidad con la demanda no puede convertirse en un requisito rígido e inmodificable, sino que, por el contrario, es un documento flexible, sujeto a modificaciones o ampliaciones, siempre y cuando el objeto del asunto sea respetado. Encuentre la aplicación de esta tesis jurisprudencial en la resolución del caso concreto objeto de estudio (C. P. Oswaldo Giraldo).
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