Sobre el control inmediato de legalidad en la resolución que suspendía actuaciones disciplinarias a cargo de la Agencia ITRC
01 de Julio de 2020
Un auto de la Sección Tercera del Consejo de Estado resuelve, principalmente, inadmitir el trámite de control inmediato de legalidad sobre la Resolución 095 del 2020, expedida por Agencia del Inspector General de Tributos, Rentas y Contribuciones Parafiscales (Agencia ITRC). Las medidas de carácter general adoptadas mediante la mencionada resolución se circunscribieron a “suspender términos en todas las actuaciones disciplinarias a cargo de la Agencia ITRC”. Concluyó el despacho que respecto de la resolución referida no procede el mencionado control en los términos del artículo 136 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sin perjuicio de que sobre la mencionada resolución se pueda adelantar el examen de su legalidad, a petición de parte y a través de otro de los medios de control previstos en la ley (C. P. Martín Bermúdez).
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