Sección Tercera explica la aplicación del principio de congruencia en la resolución del recurso de apelación (11:25 a.m.)
28 de Junio de 2019
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Nota:
121812
En cuanto a la aplicación del principio de congruencia en lo que corresponde a la resolución del recurso de apelación en lo contencioso administrativo, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que, cuando al juez superior le corresponda resolver el recurso de apelación, solo le es permitido emitir un pronunciamiento en relación con los aspectos recurridos de la providencia del inferior. De ahí que la potestad del funcionario judicial en este caso se encuentra limitada a confrontar lo decidido con lo impugnado en el respectivo recurso y, en el evento en que exceda las facultades que posee en virtud del mismo, se configurará la causal de nulidad prevista en el numeral 2° del artículo 140 del antiguo Código de Procedimiento Civil, relativa a la falta de competencia funcional. (C. P. Carlos Alberto Zambrano).
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