Restaurantes y bares no pueden expedir “prefacturas” y consumidores podrán rechazar el pago de la propina, incluso después de emitida la factura (4:26 p.m.)
10 de Junio de 2011
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Nota:
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A partir de la fecha, los propietarios y administradores de restaurantes, bares, clubes sociales o culturales, discotecas, cafeterías y demás establecimientos para el consumo de alimentos y bebidas no pueden expedir “prefacturas”, cuentas de cobro, “precuentas” o similares, acaba de ordenar la Superintendencia de Industria y Comercio. A través de una circular, el organismo les recordó su obligación de expedir la correspondiente factura de venta o el documento equivalente, y estableció una serie de medidas sobre la voluntariedad de la propina. Para tal fin, adicionó la Circular Única 10 del 2001 (compilación de todas sus instrucciones), con una disposición que faculta a los consumidores para no pagar la propina o modificar su cuantía cuando esta es sugerida, incluso después de expedida la factura de venta, si no les preguntaron con antelación a su expedición si quieren que dicho valor sea o no incluido en la misma. Adicionalmente, dichos establecimientos deberán informar, a través de avisos a la entrada que sean visibles al público y en las cartas y listas de precios, que la propina podrá ser aceptada, rechazada o modificada, de acuerdo con la valoración del servicio.
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