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Reparación directa procede para indemnizar perjuicios por limitaciones al derecho de propiedad (10:23 a.m.)

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02 de Diciembre de 2019

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La Sección Tercera del Consejo de Estado conoció una demanda de reparación directa en la que se pretendía la indemnización de perjuicios por afectaciones al derecho de propiedad por las modificaciones introducidas al POT del municipio de Villavicencio. Al estudiar el caso, la Sala determinó que el medio de control de reparación directa es la vía procesal adecuada para solicitar las compensaciones por los daños sufridos al afectarse el derecho de propiedad y, así mismo, señaló los casos en los cuales procede la responsabilidad del Estado por realizar actividades sobre bienes inmuebles de particulares, es decir, cuando se produce (i) una ocupación material del bien inmueble, (ii) afectación a la propiedad privada generada por obras públicas, (iii) ocupación jurídica de bienes inmuebles y (iv) delimitación del derecho de propiedad a través de afectaciones al interés general o por la reglamentación de los usos del suelo (POT). Por último, indico que, por regla general, las decisiones administrativas que modifiquen los usos del suelo o cambien los índices de edificabilidad no comprometen la responsabilidad del Estado y que en el caso concreto se configuró una culpa exclusiva de la víctima, por lo que no se declararon las pretensiones de la demanda (C. P. Carlos Alberto Zambrano).

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