Reiteran que en casos de privación injusta de la libertad no se determina un régimen único de responsabilidad (3:16 p.m.)
27 de Agosto de 2019
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Nota:
113932
Una providencia de la Sección Tercera del Consejo de Estado concluye que las sentencias de unificación de la corporación, como de la Corte Constitucional, establecen que en los eventos de privación injusta de la libertad no se determina un régimen único de responsabilidad subjetivo u objetivo. Sin embargo, finaliza el fallo, cualquiera sea el que se aplique se debe tomar en cuenta, frente al caso concreto, si la medida fue legal, razonable y proporcionada. En la misma vía, y en todos los eventos posibles, será necesario descartar si el imputado o sindicado con su conducta dolosa o gravemente culposa dio lugar a la medida de privación de la libertad (C. P. María Adriana Marín).
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