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Reiteran procedencia del recurso de anulación del laudo arbitral por violación del principio de congruencia (2:40 p.m.)

100072

30 de Enero de 2015

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Una de las causales del recurso de anulación del laudo arbitral se configura cuando este no decide todos los puntos objeto de arbitramento, concede más de lo pedido o se pronuncia sobre aspectos distintos, es decir, falla mínima, ultra o extra petita frente a la pretensiones o excepciones, lo que viola el principio de congruencia. Al respecto, la Sección Tercera del Consejo de Estado recordó que el juez de anulación debe estudiar si se omitió o no resolver algún extremo del litigio o se atendieron pretensiones fuera de la competencia arbitral, pero no puede evaluar las consideraciones y motivos que fundamentaron el laudo, ni definir si lo decidido fue acertado o erróneo. Teniendo en cuenta que la naturaleza de ese recurso extraordinario se basa en errores in procedendo, el escrutinio del juez contencioso deberá realizarse de forma objetiva, agregó la corporación (C. P. Ramiro Pazos).

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