Reiteran constitucionalidad de disposición que regula acuerdos de reestructuración de entidades territoriales (10:05 a.m.)
25 de Julio de 2019
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Nota:
121412
Mediante un comunicado de prensa, la Corte Constitucional informó que al estudiar la demanda que pretendía la declaratoria de inexequibilidad parcial del numeral 13 del artículo 58 de la Ley 550 de 1999, que al determinar cuáles acuerdos de reestructuración son aplicables a las entidades territoriales estableció la suspensión de la iniciación de los procesos de ejecución durante la negociación y ejecución de un acuerdo de reestructuración de estos organismos, recordó que en la Sentencia C-493 del 2002 se declaró exequible el numeral acusado por los cargos relativos a la vulneración de los artículos 13 y 229 de la Constitución Política (M. P. Alberto Rojas).
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