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Regulan administración y operación del programa de Ingreso Solidario

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16 de Julio de 2020

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Con el propósito de garantizar la continuidad del servicio y la finalidad pública del programa de Ingreso Solidario, el Departamento Administrativo para la Prosperidad Social adoptó las resoluciones 975, 1022, 1117 y 1165 del 2020, así como el manual operativo del programa, expedidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Todas las referencias señaladas en dichos actos administrativos, en los que figure el Minhacienda como administrador, operador y/o ejecutor del programa, se entenderá bajo la competencia y responsabilidad de la Prosperidad Social, de conformidad con el artículo 5° del Decreto Legislativo 812 del 2020.

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