Reglamento para actuar mediante apoderado en trámites de propiedad industrial se extiende a todas las actuaciones administrativas ante la Superindustria (2:33 p.m.)
25 de Agosto de 2010
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Nota:
67957
La Superintendencia de Industria y Comercio (Superindustria) acaba de extender a todos los trámites administrativos que se adelanten ante ese organismo el reglamento para actuar mediante apoderado en los trámites de propiedad industrial, adoptado mediante la Circular Externa 7 del 2008. En tales gestiones, el interesado puede actuar directamente, si es persona natural, o a través del representante legal o de apoderado, si es persona jurídica. En este último caso, el apoderado debe ser abogado debidamente inscrito en Colombia, y en los poderes deberá manifestarse, bajo la gravedad de juramento, que no está incurso en las causales de incompatibilidad previstas en la ley, reitera la nueva directriz, modificatoria de la Circular Única 10 del 2001 (compilación de toda la normativa de la Superindustria).
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