Reglamentan la constitución y funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor (3:30 p.m.)
26 de Octubre de 2010
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Nota:
69428
El Gobierno acaba de establecer las nuevas condiciones para la constitución, organización, administración y funcionamiento de las sociedades de gestión colectiva de derecho de autor o de derechos conexos y de sus entidades recaudadoras. El Decreto 3942 del 2010 ordena a tales sociedades expedir reglamentos internos en donde precisen la forma en que fijarán las tarifas por concepto de las diversas utilizaciones de las obras, interpretaciones, ejecuciones artísticas o fonogramas. Ninguna persona diferente podrá cobrar por tales conceptos, sin perjuicio de la facultad del autor, el causahabiente de este o el titular de derechos conexos de gestionar sus obras o prestaciones de forma individual, como lo contempla esta nueva regulación. Las sociedades con permiso de funcionamiento vigente tienen un año de plazo para ajustarse a esta normativa.
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