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Que los planes de sanidad militar y policial establezcan la formulación de medicamentos genéricos no debe obstaculizar el acceso al servicio de salud (3:00 p.m.)

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29 de Enero de 2010

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La Corte Suprema de Justicia indicó que es inadmisible el argumento según el cual los planes de servicios de sanidad militar y policial establecen el suministro de medicamentos de denominación o descripción genérica, pues aquellos no pueden constituirse, dentro de un plano de proporcionalidad y razonabilidad, en un impedimento para acceder al servicio de salud. De esta forma, la Sala Civil concedió el amparo de tutela a una persona que le fue cambiado unilateralmente el fármaco prescrito para remediar el trastorno de ansiedad y pánico generalizado por uno genérico. La corporación negó que la entidad pueda repetir contra el Fondo de Solidaridad y Garantía (Fosyga) (M.P. William Namén Vargas).

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