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Congresistas que participaron en reforma que les permitió cambiar de partido no incurrieron en conflicto de intereses

11 de Julio de 2011

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Nota:
28385

Los congresistas que votaron el parágrafo del Acto Legislativo 01 del 2009, que les permitió cambiar de partido político, no incurrieron en conflicto de intereses, pues su uso real se dio con posterioridad a la norma y muchos no la hicieron efectiva.

 

Por tal razón, el Consejo de Estado negó la solicitud de pérdida de investidura del representante a la Cámara por Bogotá Telésforo Pedraza Ortega, quien pertenecía al partido de La U y se cambió al Partido Conservador durante el lapso de dos meses que dio la norma para hacerlo.

 

La Sala Plena, al resolver la solicitud de pérdida de investidura, explicó que no se demostró la existencia de un beneficio particular, pues la posibilidad no era exclusiva del congresista demandado, sino de todos los miembros del Congreso.

 

Además, señaló que se excluyó la existencia de un conflicto de intereses, porque la oportunidad que concedió la reforma constitucional trascendió la esfera personal del demandado y se extendió a todos los cuerpos colegiados de elección popular.

 

Finalmente, explicó que la norma aprobada es de naturaleza constitucional, y la propia Corte Constitucional ha señalado que la participación de los congresistas en el trámite legislativo de este tipo de iniciativas no los hace incurrir en conflicto de intereses.

 

(C. E., S. Plena, Sent. 1001031500020100132500(PI), abr. 12/11, C. P. Enrique Gil Botero)

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