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¿Procede la nulidad simple para cuestionar actos administrativos particulares? (9:48 a.m.)

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05 de Enero de 2018

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En desarrollo de la teoría de los móviles y las finalidades, la Sección Primera del Consejo de Estado ha sostenido que la acción de simple nulidad procede contra actos creadores de situaciones jurídicas individuales y concretas, cuando esa situación conlleve un interés para la comunidad en general de tal naturaleza e importancia que desborde el simple interés de la legalidad en abstracto, por afectar de manera grave y evidente el orden público, social o económico. En ese sentido, la procedencia contra actos administrativos particulares se circunscribe a que la anulación del acto no implique el restablecimiento automático de un derecho particular y concreto, pues en este caso corresponde interponer el medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho (C. P. María Elizabeth García González).       

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